Las Urgencias de Madrid atenderán a inmigrantes irregulares

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La Comunidad de Madrid se une a los médicos que sí que atenderán a sin papeles.
Los sanidad madrileña atenderá a partir del próximo día 1 a los inmigrantes en situación irregular en urgencias, así como a las mujeres embarazadas y que den a luz, mientras que en el resto de los casos estas personas deberán suscribir un convenio para ser atendidos, pagando una cuota. La Comunidad de Madrid enviará a los centros de salud y hospitales de la región las instrucciones sobre la asistencia sanitaria a prestar por el Servicio Madrileño de Salud a todas aquellas personas que no tengan la condición de asegurada o beneficiaria.
El documento asume el real decreto-ley de 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, que establece que los extranjeros que se encuentren en España y no coticen a la Seguridad Social, que no sean ni asegurados ni beneficiarios, paguen una cuota mensual si quieren tener cobertura sanitaria completa. Ha sido para españoles "rentistas" que nunca han trabajado, para europeos que quieran ser atendidos por el sistema sanitario español y para otros extranjeros que durante su estancia en España quieran esa cobertura total por el sistema público, por lo que afectará también a los inmigrantes en situación irregular.
Como ya adelantó el consejero de Sanidad, Javier Fernández-Lasquetty, a estos últimos se les retirará la tarjeta sanitaria, pero serán atendidos gratuitamente en urgencias, por enfermedad grave o accidente, así como durante el embarazo, parto y postparto, y en el caso de los menores de 18 años, tal y como establece el decreto.
La Comunidad de Madrid recuerda que las personas no aseguradas o beneficiarias pueden suscribir un Convenio Especial y recibir asistencia sanitaria "mediante el pago de la correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción".
Se reconocen "situaciones especiales" para los inmigrantes en situación irregular, como la atención de urgencia por enfermedad grave o accidente, "cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica", que no conllevará facturación alguna. Si este paciente precisa un seguimiento posterior en un hospital o centro de salud "se le indicará que para ser atendido, puede suscribir un Convenio Especial para dar cobertura a dicha asistencia o, en caso contrario, ésta le será facturada y, en su caso, la factura será remitida, a través del órgano competente de la Administración General del Estado, a su país de origen", en virtud de los convenios existentes con algunos países.
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