Condenado a cárcel por prohibir a su pareja llevar minifalda

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El acusado tiene 23 años y sufre celos patológicos.
Los celos patológicos han llevado a la cárcel a Manuel Jesús V.S., de 23 años, quien prohibía a su novía vestir minifalda y salir con sus amigas y hasta le llegó a exigir que dejara su trabajo para no tontear con los clientes.
La sentencia ha sido emitida por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, que acusa a Manuel Jesús de delitos de coacciones, lesiones y maltrato habitual a D.A.M. durante sus dos años de relación. La Audiencia entiende que en en ese tiempo le insultaba para mermar su autoestima, le golpeaba y daba mordiscos "para someterla a sus dictados" y le obligaba a cambiarse la ropa que él creía "demasiado atrevida".
D.A.M. pusó fin a su relación con el condenado en febrero de 2009. No obstante, posteriormente mantuvieron algún contacto que ella aceptaba "para evitar que su negativa provocara nuevas reacciones violentas", motivo que también la llevaba a "no rechazar frontalmente las propuestas de reanudar la relación".
Según la sentencia, el 4 de abril de 2009 el acusado localizó a su expareja en Camino Viejo de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), donde se encontraba en el interior de un coche con un amigo. Manuel Jesús la sacó del vehículo de forma violenta, la subió a su propio coche, la trasladó a un polígono industrial de Olivares (Sevilla) mientras le daba golpes, mordiscos y le exhibía un cuchillo, y allí le metió la mano por la ropa interior y le palpó la vagina para comprobar si había mantenido relaciones con el amigo. Seguidamente volvieron al lugar donde la había encontrado para tratar de buscar, sin éxito, un preservativo "u otro vestigio de la relación sexual que presumía que había mantenido con aquel amigo".
Agresión sexual
Añade la sentencia que a continuación Manuel Jesús se dirigió a la vivienda de su padre, donde ambos mantuvieron relaciones sexuales completas y que D.A.M. "aceptó con el propósito de no enojarlo más y poderse marchar a su casa". Por estos dos últimos sucesos el fiscal pidió para el acusado diez años de cárcel por un delito de agresión sexual continuada y otros cuatro años por detención ilegal, pero la sentencia le absuelve porque cuando introdujo la mano en la ropa interior de la víctima no lo hizo con ánimo lascivo sino solo para comprobar si acababa de mantener relaciones con otra persona.
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